jueves, junio 09, 2005

ujier

Esta semana, El Nuevo Día informaba sobre cómo partidarios de Pedro Roselló, ex gobernador de Puerto Rico por el movimiento anexionista del Partido Nuevo Progresista, habían convertido el hemiciclo del capitolio en un “hemi-circo”. Sus partidarios le apoyaban entre gritos y amenazas durante las sesiones senatoriales, “provocando” así la intervención de los ujieres.

El ujier es un empleado del tribunal a cuyo cargo está, entre otras cosas, mantener el orden. En el tribunal neoyorquino es lo que todo el mundo llamaba “court marshall” aunque su traducción en los diccionarios sajones es “usher”.

El Diccionario enciclopédico de derecho usual (Guillermo Cabanellas, Editorial Heliasta, Buenos Aires, 1997) lo describe como “portero de estradas” (salas del tribunal) pero sus deberes van más allá puesto que nos dice que la ley indica que “cada Cámara deberá tener dos ujieres para las notificaciones, embargos y demás diligencias y a fin de ejecutar las órdenes que reciba del presidente”.

El artículo 36 de la Ley orgánica de los tribunales militares paraguayos describe de manera similar las obligaciones del ujier:

a) asistir diariamente a la oficina;

b) recibir de los Secretarios los expedientes, para practicar las notificaciones en el domicilio de las partes, dejando constancia de ellas en el expediente y diligenciando en su caso, las cédulas respectivas;

c) devolver, debidamente diligenciados, los expedientes recibidos para practicar las notificaciones;

d) dar cuenta a los Secretarios de los inconvenientes que se les presenten en el desempeño de su cargo o en el cumplimiento de las órdenes que reciban;

e) anotar en un libro, con intervención de los Secretarios los expedientes recibidos o devueltos; y

f) cumplir las órdenes emanadas de los Jueces y Secretarios.

Si tienta describirlo sobretodo como “portero” quizás sea porque el vocablo ujier nos llega del francés “huissier” que a su vez tiene su origen en el latín “ostium”, entrada.

En ese sentido sería “usher” en ingles (que también se origina en el francés “huissier”) con uso en lugares que no tienen que ver con los tribunales, por ejemplo, en las iglesias.

En Colombia, el Centro Misionero Bethesda comenta sobre sus ujieres. (Supongo que son de Estados Unidos puesto que en español suele escribirse Betesda, aunque la Vulgata le llama Bethsaida y la Biblia de Jerusalén Bezatá [Juan 5:2]). Pues volviendo a estos misioneros en Colombia, su portal indica que los ujieres habrán de “vigilar y guiar”, ello “como lo dice 1 Corintios 14:40 todo decentemente y en orden …”.

Dicho capítulo de la primera epístola a los corintios contiene las “reglas practicas” para las iglesias las cuales indican que “[c]omo en todas las Iglesias … las mujeres cállense … no les está permitido tomar la palabra; … [s]i quieren aprender algo, pregúntenlo a sus propios maridos en casa …. (1ª Corintios 14: 32–35)”. Bueno, no conozco a dicho grupo en Colombia, pero como parte de la historia del cristianismo, he encontrado interesante este texto bíblico.